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Un médico o un hospital en Miami-Dade me hizo daño. ¿Eso es negligencia médica?

Respuesta directa

Es negligencia médica (medical malpractice) en Florida si un médico, enfermero, hospital u otro proveedor hizo algo que un proveedor razonablemente cuidadoso de la misma especialidad no habría hecho, o dejó de hacer algo que sí habría hecho, y esa falla le causó daño (Fla. Stat. § 766.102). Un mal resultado por sí solo no es negligencia. Florida exige una opinión por escrito de un experto médico calificado antes de que se pueda presentar el reclamo, y un periodo de investigación previa de 90 días (Fla. Stat. § 766.106), y el plazo es generalmente de dos años desde que usted supo o debió saber de la lesión (Fla. Stat. § 95.11).

Wolfson & Leon lleva casos de negligencia médica en el condado de Miami-Dade desde 1963. La consulta es gratis, en español o inglés, y no paga honorarios a menos que la firma recupere dinero para usted.

Un pasillo de hospital vacío con sillas de sala de espera bajo luz fluorescente

¿Qué hay que probar en un caso de negligencia médica en Florida?

Cuatro cosas: que el proveedor le debía un deber de cuidado; que el proveedor incumplió el "estándar profesional de cuidado prevaleciente", es decir, el nivel de cuidado reconocido como aceptable por proveedores similares razonablemente prudentes (Fla. Stat. § 766.102(1)); que ese incumplimiento causó su lesión; y que usted sufrió daños. El estándar de cuidado se prueba con el testimonio de un experto médico de la misma especialidad o una similar. Wolfson & Leon obtiene su expediente completo y lo hace revisar por un experto antes de decidir si se puede presentar un caso.

¿Qué es el proceso previo de Florida, y por qué tarda tanto?

Antes de que se pueda presentar una demanda por negligencia médica, Florida exige que la persona lesionada haga una investigación razonable, obtenga una opinión verificada por escrito de un experto médico de que hay bases razonables para un reclamo (Fla. Stat. § 766.203), y notifique una intención de demandar (notice of intent) a cada demandado. Los demandados tienen entonces 90 días para investigar y responder, durante los cuales el plazo de prescripción se suspende (Fla. Stat. § 766.106). Este proceso es obligatorio y técnico; un error en él puede terminar un caso que de otro modo sería bueno. También significa que los casos de negligencia médica tardan más en prepararse que los de accidentes de auto.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar un reclamo por negligencia médica en Florida?

Dos años desde la fecha en que descubrió, o con diligencia razonable debió haber descubierto, la lesión, y en ningún caso más de cuatro años desde la fecha de la negligencia misma (el plazo de caducidad o statute of repose), salvo que el límite de cuatro años no aplica a un niño antes de cumplir ocho años, y el fraude u ocultamiento por parte del proveedor puede extenderlo a siete años (Fla. Stat. § 95.11). Como el proceso previo debe completarse antes de demandar, no espere hasta cerca del plazo para llamar.

¿Qué tipos de errores médicos llevan a reclamos en Miami-Dade?

No diagnosticar a tiempo un cáncer, un derrame cerebral, un infarto o una infección; errores quirúrgicos, incluyendo cirugía en el sitio equivocado e instrumentos olvidados; errores de anestesia; errores de medicamentos y de farmacia; lesiones de parto; falta de monitoreo después de una cirugía; y dar de alta en la sala de emergencias a un paciente que debió ser internado. Los casos surgen de todo tipo de instalaciones: hospitales en y alrededor de Hialeah, centros de cirugía ambulatoria, clínicas y hogares de ancianos.

¿Y si mi familiar murió por negligencia médica?

Un reclamo por muerte injusta basado en negligencia médica sigue las mismas reglas del proceso previo, más la Ley de Muerte Injusta de Florida. La ley de Florida restringe quién puede recuperar daños por dolor y sufrimiento cuando la muerte fue causada por negligencia médica: bajo Fla. Stat. § 768.21(8), los hijos adultos (de 25 años o más) y los padres de un hijo adulto generalmente no pueden recuperar esos daños, aunque un cónyuge sobreviviente y los hijos menores sí pueden, y los gastos médicos y funerarios y la pérdida de sostén siguen siendo recuperables. Wolfson & Leon explica con honestidad en la primera llamada cómo aplican estas reglas a su familia.

¿Qué compensación puedo recuperar en un caso de negligencia médica?

Un paciente lesionado por negligencia médica puede recuperar daños económicos, incluyendo atención médica pasada y futura, ingresos perdidos y el costo de los cuidados que necesita por la lesión, y daños no económicos por dolor, sufrimiento y pérdida del disfrute de la vida. Los topes legales de Florida a los daños no económicos en casos de lesiones por negligencia médica fueron anulados por la Corte Suprema de Florida en 2017 (North Broward Hospital District v. Kalitan). Aplican reglas distintas a los reclamos contra hospitales del gobierno, sujetos a límites de inmunidad soberana, y a los reclamos por muerte injusta bajo Fla. Stat. § 768.21(8). Como los casos de negligencia médica requieren testimonio de expertos y un proceso previo obligatorio, el costo de llevarlos es alto, y Wolfson & Leon evalúa si la recuperación probable lo justifica antes de recomendarle seguir adelante.

¿Qué errores perjudican un reclamo por negligencia médica en Florida?

  • Esperar para investigar. El plazo de dos años corre desde el descubrimiento, y el proceso previo obligatorio toma meses; un comienzo tardío puede terminar el caso.
  • Confrontar al proveedor o firmar algo que le ofrezca antes de hablar con un abogado.
  • No pedir su expediente completo pronto bajo Fla. Stat. § 456.057; los expedientes pueden modificarse y los detalles perderse.
  • Suponer que un mal resultado es negligencia. Puede serlo, o puede ser un riesgo conocido; la revisión de un experto es lo que marca la diferencia.
  • Saltarse la atención de seguimiento con otro proveedor, que protege su salud y documenta la lesión.

Datos clave

  • El estándar de cuidado es lo que un proveedor similar razonablemente prudente haría en las circunstancias. Fuente: Fla. Stat. § 766.102(1)
  • Se requiere una opinión de experto verificada por escrito antes de presentar un reclamo. Fuente: Fla. Stat. § 766.203
  • Una notificación de intención de demandar inicia un periodo obligatorio de investigación previa de 90 días. Fuente: Fla. Stat. § 766.106
  • Dos años desde el descubrimiento para presentar un reclamo; caducidad de cuatro años; hasta siete años por fraude u ocultamiento. Fuente: Fla. Stat. § 95.11
  • Los hijos adultos y los padres de un hijo adulto generalmente no pueden recuperar daños por dolor y sufrimiento por una muerte causada por negligencia médica. Fuente: Fla. Stat. § 768.21(8)

Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si lo que me pasó fue negligencia o solo un mal resultado?

Normalmente no se puede saber sin que un experto médico revise el expediente, y un abogado tampoco puede en la primera llamada. Lo que Wolfson & Leon sí puede hacer en la primera llamada es escuchar, decirle si los hechos merecen investigarse y, si es así, obtener el expediente y hacerlo revisar sin costo para usted.

¿Necesito mi expediente médico antes de llamar?

No. Usted tiene derecho a su expediente bajo Fla. Stat. § 456.057, y Wolfson & Leon lo solicita por usted con su autorización. Si ya tiene papeles de alta o resultados de exámenes, téngalos a la mano.

¿Tendré que testificar contra mi médico?

Si el caso va a juicio, usted testificaría sobre lo que le pasó. La mayoría de los casos de negligencia médica se resuelven antes del juicio. El testimonio de experto sobre el estándar de cuidado viene de otro médico, no de usted.

¿Hay un tope a lo que puedo recuperar en un caso de negligencia médica en Florida?

La Corte Suprema de Florida anuló en 2017 los topes legales a los daños no económicos en casos de lesiones por negligencia médica (North Broward Hospital District v. Kalitan). Aplican límites distintos a los reclamos contra hospitales del gobierno y a ciertos reclamos por muerte injusta. Wolfson & Leon explica qué reglas aplican a su situación.

Qué pasa cuando llama

  1. Una persona contesta, no una grabación

    Llame al (305) 285-7071 a cualquier hora. Le contesta una persona de la firma, en español si prefiere. Si es de madrugada, tomamos sus datos y un abogado lo llama a primera hora.

  2. Le preguntamos qué pasó, unos 15 minutos

    Cuándo y dónde fue, si recibió atención médica, si hay reporte policial y si alguna aseguradora ya lo llamó. No necesita tener papeles a la mano.

  3. Le decimos con honestidad si podemos ayudar

    Si tiene un caso que podemos llevar, le explicamos los próximos pasos y qué no debe hacer mientras tanto. Si no lo tiene, también se lo decimos, y le indicamos a quién más puede llamar.

  4. Si nos contrata, no paga nada por adelantado

    El honorario es un porcentaje de lo que se recupera, explicado por escrito antes de firmar. Si no recuperamos nada, no debe honorarios. Podemos ir a su casa o al hospital si no puede venir a la oficina.

Llame ahora: (305) 285-7071

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